EQUIPAMIENTO TP

Antecedentes Generales del Plan de Equipamiento

El Plan de Equipamiento de Establecimientos de Enseñanza Media Técnico Profesional del Sector Municipal tiene por objeto transferir recursos desde el Ministerio de Educación a los sostenedores de establecimientos educacionales del sector municipal (municipalidades y corporaciones municipales), regidos por el Decreto Con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, con el objetivo de financiar el equipamiento necesario para su proceso de enseñanza y aprendizaje.
Equipamiento se define como: “Los implementos pedagógicos para laboratorios, talleres u otros recintos docentes que sean necesarios para desarrollar el proceso de enseñanza y aprendizaje en los establecimientos de enseñanza media técnico profesional del sector municipal.”
Los recursos de aprendizaje se determinarán según lo siguiente:
  • Espacio físico disponible (número de talleres o laboratorios  y superficie construida en m2)
  • Número de estudiantes de tercer y cuarto año medio.
  • Condiciones de uso en talleres.
  • Características específicas de los objetivos, planes y módulos que se estén aplicando en cada Liceo.
Para conocer en detalle el contexto legal del Plan, descargar el documento adjunto, aquí.

¿Cómo se accede? 

Confección de Convenios

Enviando desde regiones todos los antecedentes requeridos para la confección de los convenios a la Coordinación Nacional de Equipamiento. Es muy importante que éstos sean  revisados en detalle por cada SECREDUC como unidad técnica del proceso, ya que serán estos listados, nombres y datos solicitados los que se ingresen al documento final. Los antecedentes necesarios son los siguientes:
  • Listados de equipamientos por especialidad, ajustados al monto aprobado por la División de Planificación y Presupuesto.
  • Listado del Consejo Escolar del establecimiento beneficiado, indicando nombre, rut y cargo de sus representantes.
 

Procedimiento de Firmas de Convenios

Una vez confeccionado y revisado el convenio se procederá al envío de éste a cada Secretaría Regional Ministerial en tres ejemplares, para  la firma de los siguientes actores:
  • Firma del Alcalde (sostenedor).
  • Firmas del Consejo Escolar (liceo).
  • Visto bueno del Secretario Regional Ministerial de Educación (SECREDUC)
Una vez recepcionado el convenio por cada SECREDUC, deberá remitirlo a cada sostenedor, el cual gestionará su suscripción por los actores antes descritos. Una vez firmados los tres originales del convenio en cada región, deben volver a las oficinas del Mineduc en Santiago para la confección del Decreto Exento, que es el acto administrativo que aprueba el convenio.  Con el decreto exento totalmente tramitado en poder del Sostenedor, se podrá dar inicio al proceso de compras del equipamiento.  El proyecto deberá desarrollarse y ejecutarse en un plazo máximo de 12 meses, contado desde la fecha de total tramitación del decreto exento.

Diagrama de Flujo del Convenio a Tramitarse

Para mayor información sobre este proceso contactarse con el coordinador de equipamiento de su región al siguiente link